¿Qué hacer si mi arrendatario me adeuda rentas?
Si el contrato de arrendamiento cumple con los requisitos de la Ley conocida como 'devuelme mi casa', es factible iniciar un proceso judicial breve, que permite el cobro de las rentas y eventualmente la restitución del inmueble. De no cumplir las exigencias de la Ley, tambien se puede demandar el cobro de las rentas, pero en un proceso más extenso.
¿Cómo debo tramitar una posesión efectiva si soy heredero?
Lo primero es distinguir si la persona fallecida dejó o no testamento o si falleció en el extrajero. Si otorgó testamento y/o si falleció en el extranjero, la tramitación ddebe hacerse ante Tribunales, representado por un abogado. Por el contrario, si no existe testamento, la tramitación de la posesión efectiva se realiza administrativamente ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, siendo siempre recomendable contar con la asesoría y gestión de un abogado.
¿Cómo puedo declarar interdicto a un familiar?
El padre, madre o parientes más cercanos a la persona con discapacidad mental que quiere declararse interdicta, patrocinado por un abogado, debe hacer una solicitud ante los Tribunales Civiles, para que estos así lo declaren y designen a la persona que será curadora de los bienes del interdicto. En caso de que la discapacidad sea de otro tipo, la interdicción tambien debe soliictarse ante Tribunales, pero el proceso es más extenso que el anterior.
¿Hasta qué edad estoy obligado a pagar pensión de alimentos?
La obligación de pagar pensión de alimentos se extiende hasta los 21 años, salvo que el hijo/hija esté estudiando una profesión u oficio caso en el cual se extenderá hasta los 28 años, o bien, si les afectare alguna incapacidad física o mental que los inhabilite para subsistir por sí mismos.
¿Qué necesito para divorciarme?
Si ambos deciden divorciarse, sólo deben haber cesado la convivencia hace un año y, si tienen hijos en común, además, alcanzar un acuerdo completo y suficiente respecto a ellos y a sus relaciones como cónyuges. Si no existe acuerdo, sólo debes haber cesado la convivencia hace más de 3 años. Por su parte, en caso de un diovrico por culpa, no es necesario cumplir con un plazo de cese de convivencia, pero sí acreditar las causales que motivan el divorcio culposo.
Si no vivo con mi hijo, ¿cómo puedo regular mis visitas?
Hoy las visitas se denominan 'relación directa y regular'. Si no vives con tu hiijo/hija puedes establecer un régimen comunicacional mediante un acuerdo con su otro padre/madre, que deben suscribir por escritura pública y autorizar ante un Tribunal de Familia. Si no se logra el acuerdo, puedes demandar las visitas ante el mismo Tribunal, debiendo, siempre, haber realizado una mediación familiar previa.